Programa de movilidad internacional Erasmus con paises asociados (KA107) para el curso 2017/18

13 febrero, 2018 10:00a26 febrero, 2018 14:00

Programa de movilidad internacional Erasmus con paises asociados  (KA107) para el curso 2017/18

Con objeto de incentivar la movilidad del personal de la UMH para una mayor interrelación entre las universidades e instituciones de educación europeas, se convoca el programa de movilidad internacional Erasmus  con paises asociados (KA107) modalidad personal docente para impartir docencia (STA) y modalidad de formación (STT) para el curso académico 2017/18 y aprobar las bases que regulan esta convocatoria, incluidas como anexo I de esta resolución.

Requisitos:

  • Ser miembros de la plantilla de personal de la UMH tanto funcionarios como contratados en activo en el momento de presentar la solicitud y realización de la estancia.
  • Poseer nacionalidad de uno de los paises participantes en el programa o de terceros paises siempre que demuestren que están en posesión de un permiso válido para residir en España durante el periodo de la realización de la estancia o estar considerados como refugiados o apátridas.
  • Es posible la movilidad de personal docente para impartir docencia y para formación sin dotación económica.
  • En ningún caso podrán obtener la condición de beneficiario las personas o entidades en quienes concurra alguna de las cirscunstancias previstas en el artículo 13.2 de la ley 38/2003 General de Subvenciones.

Duración: 5 meses y medio

Dotación: 990 €

Convocado por: Vicerrectorado de Estudiantes y Deportes

Última Convocatoria:

Bases de la Convocatoria: Bases

Plazo: 26 de febrero

Solicitud: Las solicitudes se presentarán mediante escrito dirigido al Sr. Rector Magnífico de la Universidad Miguel Hernández de Elche, en el Registro General de la Universidad o en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38 de la ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en virtud de lo dispuesto en la disposición final séptima, disposición derogatoria única, apartado 2, último párrafo de la ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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